Coronavirus – Vacunas
El 31 de diciembre de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) autorizó el uso de emergencia de la vacuna de Pfizer/BionTech. Esta es la primera en conformar la Lista de uso de emergencia de la organización.
La Lista de uso de emergencia abre la puerta a los países para que aceleren sus propios procesos de aprobación regulatoria para importar y administrar la vacuna. También permite a UNICEF y a la Organización Panamericana de la Salud adquirir la vacuna para distribuirla a los países que la necesiten.
En Argentina, el 29 de diciembre comenzó la vacunación con la vacuna rusa Sputnik V en todo el territorio y de manera simultánea. Este producto fue aprobado por el Ministerio de Salud de la Nación a partir de un informe de recomendación elevado por ANMAT en el que establece que “las visitas a las plantas (de producción) arrojaron como resultado que las mismas son aceptables y compatibles con lo establecido en normativa vigente en la República Argentina” y que “la información disponible en el corte preliminar muestra seguridad y una eficacia en un rango mayor al aceptable, así como también indica que no se han presentado eventos adversos graves, ni falta o menor efectividad en los diferentes grupos etarios para los cuales está indicada actualmente”. “Por lo ante dicho y teniendo en cuenta la situación actual de emergencia sanitaria, el contexto internacional y en la medida en que los beneficios conocidos y potenciales para la salud de la población son superiores a la incertidumbre que pueda existir, esta Administración Nacional recomienda al Ministro de Salud de la Nación avanzar en la Autorización de Emergencia, teniendo en cuenta que la vacuna referenciada en este informe actualmente se presenta como una herramienta terapéutica idónea para que nuestro país baje la mortalidad y reduzca la morbilidad y la transmisibilidad del virus SARS-CoV-2 productor de la enfermedad COVID-19.”
Por otra parte, la ANMAT autorizó bajo la modalidad de registro de emergencia las vacunas contra el virus SARS-CoV-2 de la firma Pfizer S.R.L. y de AstraZeneca S.A., indicando que los productos mencionados presentan un aceptable balance beneficio-riesgo, lo que permite sustentar el otorgamiento de la inscripción y autorización condicional de los productos para la indicación solicitada.
Fuentes: Ministerio de Salud Argentina; Ministerio de Salud Argentina; OMS; Ministerio de Salud Argentina